Protocolos

Sobre la CDB

Protocolos

Para su implementación, el CDB cuenta con Protocolos: El Protocolo de Nagoya sobre Acceso y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se deriven de su Utilización y el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología.

 

Protocolo de Nagoya

El Protocolo de Nagoya sobre acceso a recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios provenientes de su utilización (APB) de la Convención sobre la Diversidad Biológica es un acuerdo complementario al Convenio sobre la Diversidad Biológica. Proporciona un marco jurídico transparente para la aplicación efectiva de uno de los tres objetivos del CDB: la participación justa y equitativa de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos.

El Protocolo de Nagoya sobre APB fue aprobado el 29 de octubre de 2010 en Nagoya, Japón y entró en vigor el 12 de octubre de 2014, 90 días después del depósito del quincuagésimo instrumento de ratificación. Su objetivo es la participación justa y equitativa de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos, contribuyendo así a la conservación y al uso sostenible de la diversidad biológica. El Protocolo de Nagoya creará una mayor seguridad jurídica y transparencia tanto para los proveedores como para los usuarios de recursos genéticos al:

  • Establecer condiciones más predecibles para el acceso a los recursos genéticos, y
  • Ayudar a garantizar la participación en los beneficios cuando los recursos genéticos salen del país que los provee.

Por medio de la ayuda para garantizar la participación en los beneficios, el Protocolo de Nagoya crea incentivos para la conservación y uso sostenible de los recursos genéticos, y por lo tanto aumenta la contribución de la diversidad biológica con el desarrollo y el bienestar humano.

Más sobre el Protocolo de Nagoya

The Access and Benefit-Sharing Clearing-House

 

Protocolo de Nagoya en Costa Rica

El 6 de julio de 2011 Costa Rica firma el protocolo de Nagoya pero no ha sido ratificado aún. Sin embargo la Ley de Biodiversidad N°7788 en 1998 establece la legislación sobre el acceso a los recursos genéticos y bioquímicos en Costa Rica y es la Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad (CONAGEBIO) la institución encargada de otorgar los permisos de acceso para los proyectos de investigación, bioprospección y aprovechamiento económico. CONAGEBIO creó Plataforma virtual para solicitud de permisos de acceso; en esta plataforma virtual se puede ingresar la información necesaria para hacer la solicitud de permisos de acceso a los recursos genéticos y bioquímicos de la biodiversidad de Costa Rica.

Cuenta con una base de datos, de uso institucional, que mantiene un registro actualizado de la información sobre los proyectos que solicitan permisos de acceso, los consentimientos previamente informados, permisos otorgados y sobre la distribución de los beneficios monetarios y no monetarios que se derivan de éstos; lo cual permite agilizar y tener un mejor seguimiento de los procesos. Puede acceder a la Plataforma Virtual.

La Ley de Biodiversidad, en 1998, crea la Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad (CONAGEBIO) y su Oficina Técnica (OT). Dentro de las responsabilidades de la Oficia Técnica se encuentran gestionar las solicitudes de acceso a los recursos genéticos y bioquímicos de la biodiversidad y coordinar con las Áreas de Conservación, el sector privado, los pueblos indígenas y las comunidades campesinas lo relativo al acceso.

La página web de la CONAGEBIO fue desarrollada con el fin de mejorar la comunicación y la transparencia en la gestión institucional, facilitar los trámites de solicitud de permisos de acceso a los recursos genéticos y bioquímicos y tener una herramienta de seguimiento de la distribución de los beneficios generados. Desde la página web se puede ingresar a la plataforma virtual, por medio de la cual los interesados en obtener un permiso de acceso, pueden llenar y enviar la información necesaria para hacer la solicitud. 

Además, se pone a disposición información importante como la Política y la Estrategia Nacional de Biodiversidad y la plataforma virtual para su seguimiento, el marco jurídico relacionado con los mecanismos de acceso y distribución de beneficios, listados de los permisos de acceso otorgados desde el año 2004 hasta la fecha y estadísticas básicas relacionadas.

Página web Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad (CONAGEBIO)

 

Protocolo de Cartagena

El Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica es un tratado internacional que rige los movimientos de organismos vivos modificados (OVM) resultantes de la biotecnología moderna de un país a otro.

Fue adoptado el 29 de enero de 2000 como un acuerdo complementario al Convenio sobre la Diversidad Biológica y entró en vigor el 11 de septiembre de 2003. El 29 de enero de 2000, la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica adoptó un acuerdo complementario del Convenio conocido según el Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad.

El Protocolo busca proteger la diversidad biológica de los riesgos potenciales que plantean los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna. Establece un procedimiento de acuerdo fundamentado previo (AIA) para garantizar que los países reciban la información necesaria para tomar decisiones informadas antes de acordar la importación de dichos organismos en su territorio. El Protocolo contiene una referencia a un enfoque de precaución y reafirma el lenguaje de precaución en el Principio 15 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo.

El Protocolo también establece un mecanismo de facilitación sobre seguridad de la biotecnología para facilitar el intercambio de información sobre organismos vivos modificados y para ayudar a los países a aplicar el Protocolo.

Más sobre el Protocolo de Cartagena

 

El protocolo de Cartagena en Costa Rica

Costa Rica es uno de los países de la región Centroamericana, que cuenta con el mayor número de instituciones y profesionales laborando en biotecnología o en áreas relacionadas a ella. Con la inminente ratificación del protocolo de Cartagena por parte de nuestro país, se establecen una serie de compromisos que es necesario cumplir a cabalidad. Uno de ellos es el Centro de Intercambio de Información (BCH por sus siglas en inglés), que proveerá y recibirá información de todas partes del mundo.

Para construir la base de datos nacional con los requerimientos técnicos necesarios, se consultaron varias páginas web y bases de datos de otros países. Con esta información, se decidió que en ésta primera fase, se elaboraría una página web, ya que esta opción se encontraba dentro de las posibilidades enunciadas por los expertos del CBD y del BCH en su reunión de abril del 2003.

Actualmente se cuenta con el Portal Nacional del Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología en Costa Rica, en razón del cumplimiento del artículo 20 del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología, Ley supranacional N°8537. 

El Protocolo de Nagoya

Costa Rica es uno de los países

de la región Centroamericana, que cuenta con el mayor número de instituciones y profesionales laborando en biotecnología o en áreas relacionadas.